domingo, 20 de febrero de 2011

PISCINA... EL CULTCA ENTRENANDO A LOS FUTUROS F.T

Aquí una muestra del trabajo realizado durante todo el semestre.
Actividades realizadas en el área de piscina en el C.U.L.T.C.A.  con los alumnos del segundo semestre de la carrera fisioterapia.

FISIOTERAPIA



Aquí les coloco un video que refleja el propósito de un fisioterapeuta el cual es acompañar a la persona en su proceso de rehabilitación para que logre con mucho esfuerzo recuperar su vida.
Aunque no siempre la historia de los pacientes culmine de esta forma, el profesional que está al lado de él acompañándolo en ese camino de esfuerzos va a dar todo lo que tiene para lograr la mayor recuperación de las actividades físicas del paciente.

FISIOTERAPIA Y REHABILITACIÓN

Existe un error común y es considerar que fisioterapia y rehabilitación es lo mismo.
No es exactamente así. La rehabilitación es la recuperación física, psíquica, social y laboral, es decir, la rehabilitación es la recuperación global del enfermo o lesionado.
La fisioterapia sólo se ocupa de la recuperación física. La rehabilitación, es pues, un trabajo multidisciplinar. Se podría decir que en el proceso de rehabilitación, interviene la fisioterapia, pero la fisioterapia no es toda la rehabilitación. En el proceso de rehabilitación de un enfermo, además de la fisioterapia, interviene el especialista, la logopedia, la terapia ocupacional, la psicología, etc.

LA LOGOPEDIA
Es la disciplina que trata los problemas, disfunciones o retrasos que se presentan en los campos del habla, del lenguaje, de la voz y de la comunicación. Para ello, se trabaja desde el campo cognitivo, físico y fisiológico.
TERAPIA OCUPACIONAL
Es la disciplina socio sanitaria que evalúa la capacidad de la persona para desempeñar las actividades de la vida cotidiana e interviene cuando dicha capacidad está en riesgo o dañada por cualquier causa. El terapeuta ocupacional utiliza la actividad con propósito y el entorno para ayudar a la persona a adquirir el conocimiento, las destrezas y actitudes necesarias para desarrollar las tareas cotidianas requeridas y conseguir el máximo de autonomía e integración".
LA PSICOLOGÍA
Es la disciplina que estudia los procesos psíquicos, incluyendo procesos cognitivos internos de los individuos, así como los procesos sociocognitivos que se producen en el entorno social, lo cual involucra la cultura

ROL DE FISIOTERAPEUTA EN LA COMUNIDAD

Dentro de la comunidad un profesional de la fisioterapia tiene el deber según la ley que rige esta profesión en el país de Participar en el desarrollo de planes, programas y proyectos de políticas públicas, de promoción del movimiento corporal humano y de la salud; de habilitación de la discapacidad; de prevención de la discapacidad entre otras funciones que mas allá de las leyes un fisioterapeuta integro debería cumplir ya que el ejercicio de esta carrera se basa en tratar de ayudar a las personas que requieran de este servicio, prestando el mimo de una forma honorable, complaciente que permita generar ganancias personales como la satisfacción de ayudar a los que lo necesitan.
EL ROL DEL FISIOTERAPEUTA EN LA PROMOCIÓN DE LA SALUD
Los campos de actuación de la fisioterapia son muy amplios y tradicionalmente se hallaba ubicada en el segundo nivel asistencial, sobre todo en el ámbito hospitalario, lo que generaba que la atención especializada pudiese, por su configuración y medios, asumir teóricamente toda la patología que precise de una recuperación funcional, pero su capacidad de absorción es limitada (aparición de grandes listas de espera), provocando que mucha patología de “menor” importancia quede sin tratar.
Los fisioterapeutas deben promover la integración de su gremio al primer nivel de salud, ya que es aquí donde se podrían atender todas aquellas lesiones que no sean graves y tratar de eliminar esa lista de espera que se genera si todas las lesiones graves o leves se atienden en niveles de salud más alto. Esto traería  como resultado centros de salud menos congestionados y garantía de que en los niveles más alto de atención sanitaria pueda atender a un número mayor de personas que en realidad requieran atención de ese nivel.
Los centros de Atención Primaria desarrollarán de forma integrada y mediante el trabajo en equipo todas las actividades encaminadas a la promoción, prevención, curación y rehabilitación de la salud, tanto individual como colectiva de la zona de adscripción. El encargado de llevar a cabo estos programas de rehabilitación será el Fisioterapeuta, como profesional formado específicamente en este campo.
PREVENCIÓN DE LA DISCAPACIDAD
La prevención primaria es importante ya que a menudo las discapacidades son influenciadas por unas condiciones y unos modos de vida nada saludables, pero es más importante que todas las personas puedan acceder por igual a los servicios sanitarios y de bienestar social que presten el tratamiento y la rehabilitación eficaces y adecuados y llamará la atención de las autoridades sanitarias sobre la importancia del tratamiento y la rehabilitación para todos como fundamento de la eficaz prevención secundaria y terciaria de las discapacidades relacionadas con los modos de vida no apropiados y vida nada saludables.
No solo se puede prevenir la discapacidad por estilos de vida no adecuados sino que un fisioterapeuta puede actuar en el área laboral de la comunidad dándole herramientas, conocimientos y los medios necesarios para que los gobiernos, las empresas y las organizaciones de trabajadores incorporen a sus decisiones la prevención de riesgos para la salud en la actividad laboral.
DETECCIÓN TEMPRANA DE DEFICIENCIAS

Un fisioterapeuta puede cubrir también la detección temprana de afecciones  como lo son las alteraciones posturales como la escoliosis que mediante las exploraciones colectivas de los niños en edad escolar para detección y tratamiento precoz esta son un ejemplo de medida preventiva que puede realizarse sobre la población general. La atención precoz de la postura, buenos hábitos alimentarios y la enseñanza de una buena mecánica corporal son también útiles en la prevención de esta afección.
AYUDA AL ADULTO MAYOR
Se pueden tomar medidas para disminuir el riesgo de caídas en los adultos mayores, siendo de vital importancia la labor del primer nivel de atención en nuestros sistemas de salud. Que lo que respecta a fisioterapia la valoración de los factores extrínsecos en los hogares o alrededores de la vivienda del adulto mayor. Sin embargo, toda intervención debe de estar apoyada por la labor educativa hacia los familiares, creando así una conciencia que permita una mayor aceptación de los cambios que se pretenden realizar, y así poder en verdad, prevenir las caídas en los ancianos.
En conclusión el  ámbito del fisioterapeuta no solo abarca la promoción y prevención de la salud en recintos asistenciales, sino que abarca la prevención de salud en las distintas actividades sociales, ya sea en las áreas laborales promoviendo los hábitos adecuados de trabajo; o en las áreas escolares permitiéndose aquí la detección temprana de afecciones presentadas en niños en edades escolares y permitiendo así su oportuno tratamiento o corrección.
 No se le puede restar importancia a las labores de los fisioterapeutas con los adultos mayores ya que ellos a consecuencia de los desgaste físico característico de la edad van perdiendo destrezas y necesitan de alguien que los ayude a mantener un estilo de vida tranquilo, y un medio ambiente adecuado para todas esas destrezas que se van perdiendo con el tiempo.

LEY DEL EJERCICIO DE LA FISIOTERAPIA.



INTRODUCCIÓN
Todo Fisioterapeuta o profesional de la Fisioterapia, debe conocer las bases legales de su profesión, siendo una de ellas la Ley del Ejercicio de la Fisioterapia, la cual fue creada con el objeto de regular el ejercicio de esta  y hacer normas que protejan y supervisen la misma.
Dentro de esta Ley se encuentra la definición de la profesión de Fisioterapia y el concepto de Fisioterapeuta, igualmente explica los principios, condiciones, requerimientos, limitaciones, infracciones y sanciones a la hora de ejercer la profesión.
De igual manera en esta Ley se pueden encontrar los derechos de salud, seguridad, jornada laboral, honorarios, la forma de proceder con el paciente en cuanto a la ética profesional, donde el fisioterapeuta está obligado a mantener el secreto profesional y reservar el pronóstico.
En si esta Ley encierra todo lo relacionado con ejercer la profesión de Fisioterapia dentro del ámbito Legal.
A continuación este contenido se explicará mas ampliamente a través de respuestas dadas a preguntas formuladas.

LEY DEL EJERCICIO DE LA FISIOTERAPIA
·      ¿Cuando entra en vigencia la ley del ejercicio de la fisioterapia?
Aprobada:
Dada, firmada y sellada en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional, en Caracas, a los veintidós días del mes de mayo de dos mil ocho. Año 198º de la Independencia y 149º de la Federación.
Dado el ejecútese en el Palacio de Miraflores, en Caracas, a los treinta y un días del mes de julio de dos mil ocho. Años 198º de la Independencia, 149º de la federación y 10º de la Revolución Bolivariana. Firmada por el Presidente de la República Hugo Chávez.
Publicada en Gaceta Oficial Nº 38.985 del 1 de Agosto de 2008 fecha en la que entra en vigencia La Ley del Ejercicio de la Fisioterapia.
·      ¿Cuál es el objetivo de la ley del ejercicio de la fisioterapia?
La Ley tiene por objeto regular el ejercicio de la profesión de Fisioterapia, así como prever normas destinadas a regular la protección y supervisión de su ejercicio en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela.
(Artículo 1.)
·      Según la ley ¿Qué es la fisioterapia? Y ¿Qué es un fisioterapeuta?
La Fisioterapia es una profesión del área de la salud, de libre ejercicio, con formación y educación universitaria. Su objetivo principal es el estudio, la valoración funcional, comprensión y manejo del movimiento del cuerpo humano, como elemento esencial de la salud y el bienestar del individuo. En tal sentido, las acciones de esta disciplina deben estar orientadas a la investigación, promoción, prevención, habilitación y rehabilitación con el fin de recuperar al máximo posible las funciones de las personas, mejorar su calidad de vida y contribuir con el desarrollo social. (Artículo 2).
El o la fisioterapeuta es aquel o aquella a quien el Estado le ha dado la potestad para el ejercicio de la profesión de fisioterapia, mediante el otorgamiento de un título universitario expedido por una institución de educación superior, nacional o extranjera, que haya cumplido con los requisitos establecidos en la presente Ley y leyes de la República Bolivariana de Venezuela. (Artículo 3)
·      ¿Cuáles son los principios universales?
Los principios que rigen el ejercicio de la Fisioterapia son: Respeto a la vida y dignidad personal, humanismo, probidad, igualdad de trato, equidad, solidaridad, integración, participación, respeto a la voluntad del paciente, corresponsabilidad, protagonismo y cooperación, así como los no enunciados en esta Ley y establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los tratados, pactos y convenciones suscritas y ratificadas por la República. (Articulo 4.)
·      ¿Cuáles son las condiciones para el ejercicio de la fisioterapia desde el punto de vista legal y especialización?
Para ejercer la profesión se requiere:
1. Poseer el título de Licenciado, Licenciada, Técnico Superior o Técnica Superior en Fisioterapia, expedido por una institución de educación superior habilitada por el Estado, conforme con las leyes.
2. Poseer títulos otorgados por universidades extranjeras, que en virtud de tratados internacionales sean equivalentes y que hayan sido revalidados o convalidados por una universidad de la República Bolivariana de Venezuela.
3. Registrar el título en las Oficinas Públicas de Registro conforme lo establezcan las leyes e inscribirlos en la Unidad de Registro de Título del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de salud.
4. Participar en el desarrollo de programas de servicio de políticas públicas, promoción del movimiento corporal, habilitación, rehabilitación y prevención de la discapacidad.
5. Ejercer la profesión cuando por acuerdos internacionales, en condición de tránsito, hayan sido requeridos por la República para el ejercicio de la profesión. (Artículo 7).
De la especialización:
Para anunciarse como especialista en un área específica de la Fisioterapia, es necesario cumplir con los requisitos previstos por las autoridades académicas y administrativas competentes y cumplir con lo establecido en el Reglamento de la Ley. (Artículo 9).
·      Limitaciones de un fisioterapeuta
En ningún caso los o las fisioterapeutas podrán realizar diagnóstico médico ni prescribir medicamentos. (Artículo 10).
·      Jornada laboral.
La Jornada de trabajo del o la fisioterapeuta, tanto del sector público como del privado, se ajustará a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las normas legales y reglamentarias y las convenciones colectivas válidamente suscritas. (Artículo 11).
·      Seguridad y salud en el trabajo.
Los trabajadores y trabajadoras de fisioterapia tienen derecho a realizar sus labores en condiciones de seguridad, salud y bienestar, en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el ejercicio pleno de sus facultades físicas, mentales y profesionales, la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales en los términos y condiciones establecidos en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo, en la presente Ley y otros instrumentos jurídicos aplicables. (Artículo 12).
·      Confidencialidad y secreto profesional.
El o la fisioterapeuta está en la obligación de mantener el secreto profesional, por lo tanto no podrá dar a conocer cualquier circunstancia que con motivo de su ejercicio, llegue a su conocimiento. A favor de la continuidad y preservación del buen tratamiento, podrá compartir el secreto con él o la fisioterapeuta que asuma el protocolo. (Artículo 16).
No hay violación del secreto profesional en los casos siguientes:
1. Cuando la revelación se hace por mandato de la ley.
2. Cuando él o la paciente lo autoriza por escrito.
(Artículo 17)
·      Reserva de pronostico
El pronóstico grave puede ser mantenido en reserva, pero si el o la fisioterapeuta teme una evolución incapacitante o desenlace fatal, deberá notificarlo oportunamente al o la médico tratante, a los familiares o a sus representantes. (Artículo 18).
·      ¿Qué es el ejercicio ilegal e infracción?
Ejercen ilegalmente la profesión de la Fisioterapia:
1. Quien sin poseer título de Licenciado, Licenciada, Técnico Superior o Técnica Superior en Fisioterapia, expedido por una institución de educación superior, se atribuya ese carácter o realice acto y gestiones reservadas al ejercicio de la profesión.
2. Los y las profesionales de la Fisioterapia que no cumplan con las condiciones establecidas en el artículo 7 de la presente Ley.
3. Quienes hayan sido suspendidos o suspendidas en su derecho al ejercicio, mediante sentencia definitivamente firme, por haber incurrido en mala práctica y continúe realizando dicho ejercicio libre.
4. Todos aquellos y todas aquellas que constituyan asociaciones, sociedades, fundaciones o cualquier organización, con el fin de anunciarse y ejercer como especialista en un área específica sin haber obtenido una certificación para anunciarse como tal.
5. Los miembros de otras profesiones y oficios relacionados o no con el área de la salud que asuman el tratamiento y ejecuten medios terapéuticos propios de la fisioterapia.
6. Quienes siendo fisioterapeutas encubran, amparen y deleguen en personas naturales o jurídicas, para que realicen funciones o atribuciones específicas de la profesión.
(Artículo34).
Infringen la presente Ley:
1. Los y las fisioterapeutas que efectúen partición de honorarios con otros u otras profesionales del área de la salud, para retribuir a intermediarios o intermediarias, o perciban comisiones por actividades del ejercicio profesional.
2. Quienes ofrezcan cursos, talleres o falsas carreras relacionadas con la Fisioterapia, incumpliendo con la legislación en materia educativa y con la presente Ley.
3. Los y las profesionales de la Fisioterapia que ejerzan la profesión en institutos oficiales y que de manera encubierta o explícita refieran a sus pacientes a instituciones privadas con el fin de obtener algún beneficio económico.
4. Los y las profesionales que laboren en instituciones del Estado y soliciten a los o las pacientes algún tipo de honorario para el ejercicio profesional.
5. Los y las fisioterapeutas que ejerzan la profesión docente en carreras relacionadas con la Fisioterapia en instituciones no reconocidas por el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de educación superior y por la Oficina de Planificación del Sector Universitario (OPSU).
6. Los y las fisioterapeutas que incumplan con el Código de Ética.
7. Quienes habiendo sido sancionados o sancionadas con la suspensión del ejercicio de la profesión, lo ejerzan dentro del tiempo de la suspensión.
(Artículo 35)
·      ¿Cuáles son los motivos para sancionar y suspender a un fisioterapeuta de su ejercicio?
Cuando el Tribunal Disciplinario de la Federación Venezolana de Fisioterapeutas, según el caso, considere que debe aplicarse la suspensión del ejercicio de la Fisioterapia, remitirá el expediente al Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de salud, a los fines de que decida la aplicación de la sanción solicitada, sin perjuicio de las sanciones establecidas en el Código Penal.
(Artículo 38.)
·      ¿Cuáles son las causales de suspensión?
Son causales de suspensión:
1. La violación grave al Código de Ética Profesional.
2. Haber sido declarado o declarada interdicto o inhabilitado o inhabilitada por sentencia definitivamente firme y dictaminada por los tribunales competentes.
3. Incurrir en faltas graves de carácter administrativo.
4. Las demás causales contempladas en las leyes de la República Bolivariana de
Venezuela relacionadas con el ejercicio de la Fisioterapia.
(Artículo 42)
·      ¿Qué es la propiedad intelectual y los servicios profesionales según la ley?
El o la fisioterapeuta podrá utilizar métodos de publicidad para promocionar sus servicios profesionales, siempre y cuando proceda con lealtad, objetividad y veracidad, manteniendo continuamente una estricta sujeción al Código de Ética del Fisioterapeuta Venezolano y al Reglamento de la presente Ley. (Artículo 19)
El o la fisioterapeuta tiene el derecho de propiedad intelectual sobre los trabajos e investigaciones que realice, así como sobre cualesquiera otros documentos que reflejen su criterio personal o pensamiento científico. (Artículo 20).
CONCLUSIÓN
La Ley del Ejercicio de la Fisioterapia establece que el Fisioterapeuta es un profesional de la salud, que está formado en la Universidad o Colegio Universitario, y cuyo objetivo es estudiar, valorar, comprender y manejar el movimiento del cuerpo humano para ayudar a las personas para que se integren de nuevo a su vida cotidiana.
Este ejercicio profesional está regulado por la mencionada Ley, estableciendo los principios a seguir a la hora de tratar a un paciente, el respeto a la vida y a la dignidad de este, lo cual involucra la necesidad de guardar el secreto profesional de su condición física. También establece que para poder ejercer la profesión de Fisioterapia, se debe estar graduado en Universidades Venezolanas reconocidas por el estado, y haber registrado su título ante el registro Público correspondiente.
Esta Ley menciona a quienes no pueden ejercer la profesión, como es el caso de aquellos que no tengan título o hayan sido suspendidos legalmente ante tribunales, o incurran en delitos participando en hechos como la creación de sociedades y/o fundaciones sin estar certificados, que participen en irregularidades como encubrir a personas que ejerzan ilegalmente la profesión, beneficiarse de comisiones o cobros a pacientes, que siendo atendidos en centros públicos, se remitan a clínicas sin justificación.
Por estos actos ilegales el Fisioterapeuta está expuesto a ser sancionado o suspendido de su ejercicio profesional a través del tribunal Disciplinario de la Federación Venezolana de Fisioterapeutas, quien aplicará sanciones cuando existan denuncias y pruebas confirmen la ilegalidad del ejercicio, al igual que la negligencia, mala práctica, abuso y violación de la Leyes y a la Constitución
     Igualmente dicha Ley indica las posibilidades que tiene el Fisioterapeuta ente su libre ejercicio de poder trabajar en cualquier lugar que lo necesite y al mismo tiempo poder promocionar y publicitar sus servicios. Esta Ley también protege los derechos de autoría de documentos redactados por los Fisioterapeutas, sus trabajos e investigaciones donde expresen sus pensamientos y opiniones.
En conclusión es importante que todo profesional del área de fisioterapia conozca  ampliamente esta  ley ya que esta va a ser la que vele por sus deberes y derechos.




Para descargar la ley del ejercicio de la fisioterapia en Venezuela siga el siguiente enlace:  http://www.asambleanacional.gob.ve/index.php?option=com_docman&task=doc_details&gid=895&&Itemid=124  y dar clic en “Download”

FUNCIONES DE UN FISIOTERAPEUTA

Función Asistencial
Relación que el fisioterapeuta, como profesional sanitario, establece con una sociedad sana y enferma con la finalidad de prevenir, curar y recuperar por medio de la actuación y técnicas propias de la fisioterapia. El fisioterapeuta deberá establecer una valoración previa y personalizada para cada enfermo a partir del diagnóstico médico, que consistirá de un sistema de evaluación funcional y un sistema de registro e historia clínica de fisioterapia, en función de los cuales, planteará unos objetivos terapéuticos y en consecuencia diseñará un plan terapéutico utilizando para ello los agentes físicos propios y exclusivos de su disciplina.
Función Docente e Investigadora
La Fisioterapia es una profesión sanitaria que está integrada en la Universidad; corresponde pues al fisioterapeuta docente proporcionar una formación cualificada a sus alumnos, adaptarse a los nuevos avances científicos que se produzcan en la profesión para así poder proporcionar una formación en todo momento actualizada y participar en estudios de investigación propios de su disciplina.
Función de Gestión
El Fisioterapeuta puede o no tener la responsabilidad de participar en la Gestión de los Gabinetes o Centros de Fisioterapia donde realiza su actividad sanitaria, variando esto según la legislación vigente de cada país.

HISTORIA DE LA FISIOTERAPIA

Para comenzar a hablar sobre la historia de la fisioterapia primero se tiene que conocer el origen de la misma. La palabra fisioterapia proviene de la unión de las voces griegas: physis, que significa naturaleza y therapeia, que quiere decir tratamiento. Por tanto, desde un punto de vista etimológico, fisioterapia o physis-therapeia significa “Tratamiento por la Naturaleza”, o también “Tratamiento mediante Agentes Físicos”.
            La fisioterapia es definida por la organización mundial de la salud (OMS)  como:"La técnica y la ciencia del tratamiento a través de: medios físicos, ejercicio terapéutico, masoterapia y electroterapia.
            Partiendo del concepto de fisioterapia se puede catalogar, y, la confederación mundial por la fisioterapia lo argumenta, a la fisioterapia como uno de los pilares básicos de la terapéutica, de los que dispone la Medicina para curar, prevenir y readaptar a los pacientes.
            Si bien es cierto, que la fisioterapia fue fundamentada como profesión a mediados del siglo xx, después de las guerras mundiales y epidemias que dejaron una gran cantidad de enfermos, lesionados y discapacitados, no es hay en ese momento donde nace la fisioterapia. Esta disciplina tiene su origen en la pre-historia, ya que el hombre mucho antes de la evolución (según la teoría de charles Darwin), comenzó a utilizar sus manos inconscientemente para realizar masajes a sus semejantes. Al momento que el hombre comienza a utilizar su inteligencia,  evoluciono según sus necesidades,  Utilizando el fuego para calentar su cuerpo y el agua para refrescarse y mejorar su estado físico.
            Al transcurrir el tiempo la fisioterapia fue apareciendo de forma inconsciente en las actividades que realizaba el hombre. En el antiguo Egipto se trataba el dolor con la temperatura utilizando grandes cantidades de frio sobre el área afectada del paciente o colocando una gran cantidad de calor, esto era una aplicación muy errada ya que se podía producir una contracción involuntaria de los músculos que puede hacer que estos se endurezcan o se abulten; también en la historia del antiguo Egipto se puede observar la aplicación de agentes físicos en beneficio de la salud como lo es el caso de cleopatra, esta reina egipcia, tomaba baños al vapor  de leche, ella  conocía bien las propiedades que esto le generaba a la piel, manteniéndola bella.
            Luego se observa en la América precolombina, a los Aztecas desarrollando  métodos terapéuticos basados en el agua,  en sus “baños de vapor” (temazcalli), de la misma manera que los Mayas, con sus “baños de sudor” (zumpulche).
            En la india se observa la yoga que se define como, el arte y la ciencia de la disciplina mental a través de la que se cultiva y madura la mente. Y sin embargo esta disciplina aplica muchos movimientos que contribuyen a la optimización del cuerpo.
            En china se origino la acupultura, Lo más probable es que esta práctica comenzó como resultado de una atenta observación, experimentación y deducción; los antiguos médicos chinos advirtieron que algunas enfermedades o trastornos hacían que algunos determinados puntos o zonas específicas de la piel se volvieron sensibles espontáneamente, y descubrieron además que al dar un masaje o presionar en estos puntos los síntomas disminuían.
            En Europa que es reconocida como la cuna de la rehabilitación, tenemos el aporte de Hipócrates, padre de la Medicina Occidental, y que puede considerarse también como uno de los grandes impulsores de la Terapéutica Física, alejándola de las prácticas religiosas y acercándola a posiciones más experimentales. Su filosofía terapéutica era la de “ayudar a la naturaleza”, esto es, impulsar mediante medios naturales, las fuerzas de auto-curación del cuerpo.
            Durante los siglos XVII, XVIII y XIX se estudiaron y profundizaron muchas áreas de la terapéutica. Hipócrates destaco en el movimiento como agente terapéutico (Kinesioterapia), En el campo del Masaje como Agente Terapéutico (Masoterapia).Aristóteles consagro esfuerzos en el área de kinesioterapia, y se destaco en el campo de la Electroterapia, o Electricidad como agente terapéutico.
            A mediados del siglo XX, y después de las Guerras Mundiales o epidemias varias como la de la poliomielitis, cuyas consecuencias fueron la de una gran cantidad de enfermos, lesionados y discapacitados, poco a poco se va asentando en la clase médica mundial la idea de la creación de un corpus profesional que se consagre exclusivamente al estudio y práctica de esta disciplina, la Terapéutica Física. Éste es el motivo de la creación oficial de los cuerpos de Fisioterapeutas en todo el mundo y la profesionalización y el despegue de la misma al acceder la Fisioterapia al rango de estudio de carácter Universitario.
            La formación de Fisioterapeutas en Venezuela se inició en el año 1959, con la creación de la "Escuela Nacional de Rehabilitación", por parte del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), contando con la asistencia técnica de las Naciones Unidas. Para el año 1950, el Dr. Alejandro Rhode, especialista en Medicina Industrial y con amplia experiencia en Seguridad Industrial y Accidentes, Entregó un informe detallado de sus observaciones al entonces director del IVSS, Dr. Pablo Salas Castillo, quien a su vez lo remite al Presidente de la República, quien lo apoyó y autorizó la puesta en práctica de sus observaciones. El 9 de octubre de 1954, se inauguró en el Hospital José María Vargas de La Guaira, el Centro Piloto de Rehabilitación de Incapacitados del IVSS, con la participación de profesionales especializados en Terapia Ocupacional y Fisioterapia enviados por las Naciones Unidas.
            Actualmente en Venezuela existen cuatro centros de educación superior donde imparten la carrera fisioterapia a nivel universitario, la cuales son: colegio universitario de rehabilitación “May Hamilton”; universidad central de Venezuela (escuela de salud pública); colegio universitario de los Teques “Cecilio Acosta” y universidad “Arturo Michelena”.